Confuto, latín, "refutar, convencer, rebatir"
Confutación, "impugnación convincente de la opinión contraria"
(en el prólogo de la 1ª parte de El Quijote)

lunes, 17 de junio de 2013

EL ARCA DE LAS TRES LLAVES

Desde la época de los Reyes Católicos y siguiendo una costumbre medieval, en municipios de Castilla existía el "arca de privilegios" también llamada arca de las tres llaves. En la Pragmática de 9 de junio de 1500 se disponía "la obligación de los Corregidores a haçer casas de Conçejo y carçel do no la hubiere y arca en que se custodien los privilegios y escrituras y los libros de leyes del Reyno". Este sistema obligaba a los ayuntamientos y concejos a tener un arca destinada a Archivo y a efectuar inventarios de los documentos en ella depositados. Debían reunirse el alcalde, uno de los regidores y el escribano del concejo, y los tres, cada uno con su llave y por riguroso orden, abrían las tres cerraduras que destapaban los papeles fundamentales para la vida local: Privilegios Reales, Fueros, Pragmáticas, Reales Órdenes, Cuentas de Propios,…la vida escrita de la comunidad: la fe pública de sus derechos, de sus bienes, de su vida.

En tiempos de Felipe II, las obras públicas se acometían con criterios no muy diferentes a los de hoy en día. Se realizaban proyectos, se levantaban planos y maquetas, después de estudiar todas las condiciones naturales, topográficas, etc. Estos estudios eran presentados a los Concejos que encargaban las obras, como, así mismo, al Rey y sus ingenieros, si eran de suficiente entidad. Todos estos estudios previos eran necesarios para poder realizar la almoneda o subasta de las obras, cuyas condiciones eran fijadas en las capitulaciones, hoy diríamos las especificaciones y demás condiciones contractuales de ejecución y garantías. La mayoría de las adjudicaciones de las obras se hacían en pública subasta, previo pregón de los Concejos en distintas Villas y lugares, por la mejor oferta o postura. El adjudicatario de la subasta tenía que entregar una carta de obligación que era un compromiso de llevar a cabo la obra dentro de los plazos y condiciones técnicas, así como la entrega de las fianzas otorgadas por los avalistas.
  

Si la obra era de gran importancia, el Rey y su aparato administrativo no eran ajenos a la organización técnica y administrativa de las obras. El proyecto debía ser aprobado y establecido el procedimiento de recaudación de fondos. Se nombraba un Veedor, persona puesta por la propiedad: máxima autoridad técnica y administrativa con control presupuestario y encargado de las compras de materiales y herramientas, compras de las que tenía que dar parte a la Junta de Precios; tenía que hacer el seguimiento de la obra para que ésta se realizase en plazos y de acuerdo con el proyecto, así como el control y las listas de la gente contratada. El Veedor era así mismo una de las tres personas que disponía de una de las llaves del arca donde se guardaban los caudales y el libro de asientos con los gastos. Los pagos se realizaban con el dinero que se custodiaba en dicha arca. Para abrir el arca, el Veedor se tenía que reunir con el Corregidor que representaba al Rey en la villa donde se realizaba la obra, y el Pagador, que sacaba el dinero y lo anotaba en el libro de asientos; ambos disponían de las otras dos llaves. Se puede también destacar al Tenedor de bastimentos, que se encargaba del acopio y vigilancia de los materiales que se iban comprando con lo que le entregaba el Pagador, el cual informaba periódicamente al Veedor de las existencias en los almacenes.

Hasta aquí todo lo resumido, de forma muy simplificada, puede resultar natural para quien esté familiarizado con los procedimientos que hoy en día se emplean en la construcción de obras públicas, aunque pueda sorprender que así sea. No hay nada nuevo bajo el sol. Desde luego, las cosas no se hacían con frivolidad. Diremos, además, que las obras debían ser costeadas, en general, por los vecinos de las villas que más directamente se beneficiaban de ellas.

Es curioso que, en nuestros días, no exista rastro del arca de las tres llaves, o al menos, existió hasta un momento reciente, al menos metafóricamente. El arca de las tres llaves era un procedimiento para evitar que alguien metiera “la mano en la caja” indebidamente. Cuando se produjo la transición política española, existían en los Ayuntamientos españoles tres puestos decisivos, el Secretario General, el Interventor y el Depositario. Eran cuerpos nacionales que venían de antes de la guerra civil y que habían surgido con el propósito de limitar los poderes arbitrarios de los caciques territoriales sobre Ayuntamientos y Diputaciones. Aquéllos eran puestos inamovibles que dependían del Estado central y no podían ser destituidos ni ser nombrados por los alcaldes. El Secretario General certificaba la legalidad de los acuerdos municipales; el Interventor daba su aprobación a los gastos siempre que no se salieron del presupuesto, y el Depositario controlaba el dinero y autorizaba los pagos. Ya tenemos aquí una suerte de arca de las tres llaves. La analogía no puede ser más estrecha. El Corregidor con el Secretario General, el Veedor con el Interventor y el Pagador con el Depositario. Pero he aquí, que con los nuevos Ayuntamientos democráticos, ese sistema era visto por los nuevos regidores como una aberración franquista que había que eliminar. Y se eliminó. Ese control burocrático, se decía, lo único que hacía era entorpecer el progreso y para eso estaban los nuevos regidores elegidos democráticamente. De modo que, fuera la antigua legalidad y vuelta al poder político incontrolado. En lugar de reformar la burocracia, se instalan favores políticos clientelares y cargos sectarios. Todos los desmanes políticos y administrativos a los que asistimos actualmente, las obras faraónicas innecesarias, los déficits infinitos, se derivan de esa falta de control, de esa voladura del control de las leyes y de los presupuestos. De la voladura del arca de las tres llaves.